Corte Suprema ordena a Municipalidad de Putaendo pagar bono de retiro a profesor tras acoger recurso de protección
El fallo sostuvo además que la conducta del municipio vulneró el derecho de propiedad del docente, al privarlo del pago oportuno de recursos que legalmente le correspondían.//
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que ordena a la Municipalidad de Putaendo pagar íntegramente la bonificación por incentivo al retiro a un profesor de la comuna tras establecer que el municipio actuó de manera ilegal al condicionar el pago del beneficio a la llegada de recursos fiscales.
Caso originado luego de la acción presentada por un docente del Liceo de Rinconada de Silva, quien acusó una serie de irregularidades administrativas por parte del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) de Putaendo durante su proceso de postulación al beneficio establecido en la Ley N°20.976.
De acuerdo a los antecedentes expuestos en la causa, el profesor cumplió 65 años en octubre de 2021, requisito legal para acceder al incentivo al retiro. Sin embargo, denunció que su primera postulación fue extraviada por el DAEM y que posteriormente existieron demoras injustificadas en el ingreso de sus antecedentes.
Pese a ello, mediante una resolución emitida por el Ministerio de Educación en agosto de 2024, el docente fue reconocido oficialmente como beneficiario de la bonificación. Aun así, la Municipalidad de Putaendo no concretó el pago, argumentando que estaba a la espera de recursos provenientes del nivel central.
Incluso, la Contraloría General de la República había instruido al municipio adoptar las medidas necesarias para efectuar el pago dentro de un plazo de 20 días hábiles, situación que tampoco fue cumplida.
Frente a este escenario, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección, determinando que la Municipalidad de Putaendo es la entidad responsable de pagar el beneficio, independiente de los mecanismos de financiamiento o reembolso contemplados posteriormente por el Estado.
Por ello, la justicia ordenó a la Municipalidad de Putaendo efectuar el pago íntegro de la bonificación por incentivo al retiro en un plazo de 30 días, decisión que fue finalmente ratificada por la Corte Suprema.
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