La Calera: Ordenanza municipal prohibirá la limpieza de parabrisas en la vía pública

La medida aprobada por el Concejo Municipal por unanimidad, comienza a regir a partir del 21 de marzo en toda la comuna.//

En sesión ordinaria del Concejo Municipal de La Calera, fue aprobada por unanimidad, la Ordenanza local que prohíbe el ejercicio de limpieza de parabrisas y vidrios de vehículos motorizados en la vía pública.

Esta medida que comienza a regir a partir del lunes 21 de marzo, incluye los cruces regulados por semáforos, siendo la fiscalización a cargo de inspectores municipales y/o Carabineros, quienes tendrán la facultad de cursar las respectivas infracciones para ser derivadas al Juzgado de Policía Local.

El alcalde de La Calera, Johnny Piraino Meneses indico que, “Esto ya es una ordenanza municipal, recordar que cuando era Concejal yo propuse esto en la administración anterior pero no fue considerado y hoy en mi calidad de alcalde lo pude proponer al Concejo y fue votado por unanimidad. Esta es una tremenda noticia, para resguardar la seguridad de cada uno de nosotros los que circulamos en vehículos, principalmente en la arteria de Lautaro y otros puntos de la comuna, con estas personas informales que solamente amedrentan a las mujeres con niños y también a los varones. Con esto contribuimos fuertemente en garantizar seguridad y lo más importante, que esta ordenanza va a ser monitoreada por Carabineros y por el equipo de seguridad ciudadana” .

Esta nueva ordenanza municipal se basa tomando en cuenta que ha existido un incremento en el ejercicio de esta actividad informal en la ciudad, además las personas que realizan esta acción entorpecen el tránsito regular de los vehículos motorizados, distrayendo la atención de los conductores y poniendo en riesgo su propia integridad física y la de los automovilistas que circulan por la vía pública.

Asimismo, atendiendo los reclamos de los vecinos y vecinas y de los propios conductores, se han producido en algunos casos situaciones de coacción hacia los automovilistas, que ante la negativa de recibir el servicio, han sido sujetos de insultos o amenazas, situación que compete a materias de seguridad pública.

Es importante señalar, que la Municipalidad está facultada para desarrollar funciones relacionadas con el tránsito público dentro del ámbito propio del territorio de su comuna, debiendo velar por la circulación expedita de los vehículos, evitando la congestión y adoptando medidas tendientes a disminuirla.

Además en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 4, letra J, establece que las municipalidades en el ámbito de su territorio, podrá desarrollar actividades de implementación, promoción y apoyo de acciones de prevención social y situacional.

  

Los comentarios están cerrados, pero trackbacks Y pingbacks están abiertos.